NOVEDADES DURACION PERMISO NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR - RD-LEY 9/2025

NOVEDADES DURACION PERMISO NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR - RD-LEY 9/2025

NOVEDADES DURACION PERMISO NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR - RD-LEY 9/2025

NUEVAS MEDIDAS SOBRE EL PERMISO POR NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR (RD-Ley 9/2025)

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2025, a partir del 31 de julio de 2025, se amplía la duración del permiso por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento, tanto en el sector privado como público. Esta reforma adapta la normativa española a la Directiva europea 2019/1158, que promueve la conciliación entre vida familiar y laboral.

Duración del permiso

  • 19 semanas para cada progenitor (antes eran 16).

  • 32 semanas en casos de familias monoparentales.

Distribución del permiso (parto o adopción):

  1. 6 semanas obligatorias tras el parto o la resolución/adopción, a jornada completa.

  2. 11 semanas (22 si es monoparental) a distribuir libremente, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el menor cumpla 12 meses.

    • La madre biológica puede empezar hasta 4 semanas antes del parto.

  3. 2 semanas (4 si es monoparental) para el cuidado del menor hasta que cumpla 8 años, también distribuibles libremente.

Todas estas semanas pueden disfrutarse a jornada completa o parcial, con acuerdo entre empresa y persona trabajadora.

Régimen transitorio

  • Las 2 semanas adicionales (4 en caso monoparental) aplican a nacimientos o adopciones desde el 2 de agosto de 2024.

  • Pueden solicitarse a partir del 1 de enero de 2026 sin nuevo reconocimiento del derecho.

Seguridad Social

Se actualiza el artículo 178 de la Ley General de la Seguridad Social para aclarar que se debe estar en situación de alta laboral al comenzar cada periodo de descanso.

Además, los artículos 181 y 182 reconocen el subsidio también para personas que no cumplan el período mínimo de cotización, siempre que se cumplan el resto de requisitos. La prestación obligatoria deberá disfrutarse a jornada completa e ininterrumpida.

No cambia la ampliación de 14 días naturales por situaciones especiales como:

  • Familia numerosa

  • Discapacidad

  • Partos múltiples

  • Monoparentalidad

Empleados públicos

También se modifica el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público:

  • 19 semanas por nacimiento, adopción, acogida o guarda para cada progenitor.

  • 32 semanas en familias monoparentales.

  • Distribución idéntica a la del sector privado.

 

🔴 Muy Importante
El permiso parental para el cuidado de menores hasta los 8 años no ha cambiado y sigue siendo NO retribuido, a pesar de que algunas declaraciones oficiales y medios hayan dado a entender lo contrario. Esta información errónea ha generado confusión, pero el texto legal no ha sido modificado en este aspecto.

 

 


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